▷ IVA Intracomunitario - ¿Qué es y cómo se aplica?【2021】

Cómo aplicar el IVA Intracomunitario en tu negocio digital

Espero que no te suene a chino el término IVA intracomunitario. Porque si tienes un negocio online estoy seguro de que alguna vez has tenido la obligación de aplicarlo.

¿Lo has hecho? Eso ya no lo sé. Pero ten cuidado no vaya a ser que Hacienda te pille en un descuido.


Un negocio digital, respecto a un negocio local, tiene la ventaja de que puedes llegar a más personas. Incluso de la otra punta del planeta.

Pero en este caso, no me voy a ir tan lejos. Y te voy a aclarar qué tipo de IVA debes añadir en una factura para un cliente de la Unión Europea.

¿Qué es el IVA Intracomunitario?

Les diré que es aquel que afecta al comercio entre países de la Unión Europea. Así que, si, por ejemplo, tienes un cliente en Francia vas a tener que aplicarlo.

Pero, la cosa se complica un poco más.

Porque no es lo mismo tener una tienda online de muebles, que implica el envío de un producto físico, que tener una academia de cursos online, que puede estar más o menos automatizada.

Hay algunas diferencias, pero que no cunda el pánico porque te lo voy a explicar todo paso a paso.

IVA en Operaciones Intracomunitarias - Productos o servicios digitales

Con tu permiso, me voy al año 2015 para ponerte en situación. (Te prometo que iré al grano).

Hasta ese año, para la venta de productos y servicios digitales, se tomaba el IVA del país de residencia de la empresa. ¿Qué pasó? Que los más avispados y los que podían hacerlo, se iban a países donde el IVA era menor.

Para que lo puedas entender, en 2015 la Unión Europea dijo: se acabó, a partir de ahora quien quiera hacer ventas digitales va a tener que aplicar el IVA del país de su cliente.

IVA Intracomunitario en servicios a particulares

Esto para muchos emprendedores supuso, y supone, un quebradero de cabeza, porque implica:

  • Realizar cambios y desarrollos en la web para que sea capaz de identificar de qué país es un cliente.
  • Estar al día de los tipos de IVA de todos los países de la Unión Europea.
  • Solicitar un número identificador de IVA en cada país.
  • Pagar el IVA al estado correspondiente cada trimestre.

Todo esto te afecta cuando tu cliente es un particular.

IVA Intracomunitario en servicios a autónomos o empresas

En el caso de que tu cliente sea una empresa o un autónomo no tendrás que aplicar el IVA intracomunitario en tus facturas.

Eso sí, deben contar con un número de identificación fiscal válido y haberte dado de alta en el correspondiente Registro de Operaciones Intracomunitarias, ¿no sabes cómo hacerlo?.

Bueno, tendrías que hacerlo en el modelo 036, pero si quieres que te eche una mano, ya sabes que siempre estoy disponible. Vamos a hacer un parón y luego volvemos para que lo puedas entender mejor.

Te voy a dejar una tabla que te va a servir de ayuda a la hora de aplicar el IVA correcto.


MOSS o Mini Ventanilla Única

Lo que te he contado antes puede que te haya hasta quitado las ganas de vender fuera de España.

Pero calma, aún no he terminado.

IVA intracomunitario

En ese mismo año, la Unión Europea pensó en echarnos un cable, e introdujo el régimen MOSS o Mini Ventanilla Única, con el que nos quitaba dos de las obligaciones que te he mostrado antes:

  • Solicitar un número identificador de IVA en cada país miembro.
  • Pagar el IVA al estado correspondiente cada trimestre.

No nos soluciona la vida del todo, pero algo es algo.

Lo que sí tendrás que hacer es:

  • Acogerte a este régimen, eligiendo España como “Estado miembro de identificación”.
  • Declarar el IVA intracomunitario a través de la Mini Ventanilla Única.
  • Identificar siempre el país de tu cliente y el tipo de IVA que tiene.

IVA Intracomunitario en España

Pero te adelanto que hay cambios a la vista. Y entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2019, que ya veremos a su debido momento.

Esto supone una vuelta de tuerca más a nuestro favor. Porque podremos aplicar el IVA español, en lugar del IVA del país de nuestro cliente, con las siguientes condiciones:

  • Solo puedes estar establecido en España.
  • Tu cliente debe ser un particular de otro país de la Unión Europea.
  • No debes sobrepasar los 10.000 € de facturación (sin contar con el IVA) en el curso actual ni en el anterior.

Te recuerdo de nuevo que esto se aplica solo a clientes particulares. Cuando tu cliente sea una empresa o profesional sus facturas no llevarán IVA.

IVA Intracomunitario Ejemplos

Todo lo anterior, era con carácter general, es decir, si estás en este blog, es porque tienes algún producto/servicio digital.

Este régimen marca unos límites, y no cualquier producto o servicio digital se considera como tal.

Qué entiende la Unión Europea por producto o servicio digital

Te voy a contar qué es lo que incluye:

  • Servicios de telecomunicaciones. Como por ejemplo el suministro de internet.
  • Servicios de radiodifusión y televisión.
  • Servicios electrónicos.

Estos últimos son los que nos interesan a nosotros. Y aquí podemos incluir:

  • Descarga de programas, plugin, actualizaciones…
  • Hosting.
  • Mantenimiento web.
  • Descarga de imágenes, textos o información.
  • Cursos online que estén automatizados y no requieran la intervención del vendedor. (MUY IMPORTANTE)
  • Comunidades web.
  • Descarga de música, juegos, revistas y periódicos online, libros…
  • Software.

Lo que queda excluido es todo aquello que requiere de la intervención de personas. Es decir, lo que no está automatizado.

Por ejemplo:

  • Webinar en directo.
  • Asesoría o coaching.
  • Clases en directo.
  • Envío de materiales por correo electrónico.

En mi caso, si hiciera una asesoría legal a un cliente a través de vídeoconferencia, no se aplicaría el régimen MOSS.

Pero si tuviera un eBook en pdf y el cliente pudiera descargarlo de forma automática tras la compra o cualquiera que tenéis infoproductos en vídeo, es decir, el típico curso online, sí aplicaría.

IVA en Facturas Intracomunitarias de prestación de servicios físicos o venta de productos físicos

Todo lo que no entra en la definición de producto o servicio digital, es lo que vamos a considerar en este apartado.

Es decir, todo lo que no esté automatizado y requiera la intervención del vendedor.
Para estos casos, las reglas del IVA intracomunitario cambian.

Ya estarás pensando, Raúl esto es mucho lío para mí… Pero hazme caso. Sigue leyendo que lo vas a entender a la perfección.

Estas son las dos posibilidades que tienes:

  • La venta a empresas o profesionales.
  • La venta a clientes particulares.

Las primeras vuelven a estar exentas de IVA. Y las segundas deben incluir el IVA que corresponda al país del vendedor, es decir, el nuestro.

¿Cómo hago todo esto?

Hay aplicaciones que te lo calculan directamente como puede ser Quaderno

Para ambos casos, es imprescindible que te inscribas en el Registro de Operadores Intracomunitarios, al que también se le conoce como VIES.

Cuando lo hagas tendrás un número de identificación fiscal para el IVA (NIF) que deberás añadir en tus facturas de operaciones intracomunitarias.

¿Hasta aquí bien?

IVA intracomunitario

Comprobar IVA Intracomunitario

Solo me queda por explicarte un detalle más.

Cuando tu cliente sea una empresa o profesional de la Unión Europea, no le envíes la factura sin antes comprobar que está inscrito en el Registro de Operadores Intracomunitarios. Lo podrás hacer desde este enlace:

http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/?locale=es

Así que antes de nada, pídele su número de identificación y comprueba que es correcto en el buscador de la página web de Hacienda.

Si está todo en orden le puedes emitir la factura sin IVA. Pero, si no está registrado tendrás que cargarle el IVA aplicable en España.

Declaración del IVA Intracomunitario

Debes saber que la declaración del IVA intracomunitario deberás hacerla en los Modelos 303 y 349.

El primero corresponde a la declaración trimestral del IVA. Y el segundo a la Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias.

Para éste último, según tu importe anual de facturación, deberás presentarlo de forma anual, trimestral o mensual.

¡Madre mía que follón! ... seguramente estés pensando eso.

No serías el primero que no cumple con estas obligaciones.

¿A que no ha sido tan complicado entender el IVA Intracomunitario?

Para saber qué IVA intracomunitario debes aplicar, principalmente debes fijarte en dos aspectos:

  • Que sea o no producto o servicio digital.
  • Que el cliente sea una empresa, un profesional o un particular.

Y, a partir de ahí, seguir las indicaciones que te he dado en este artículo.

Te voy a dejar un cuadro resumen para que puedas tragar todo lo que te he comentado.

CLIENTE

DIGITAL

NO DIGITAL

Negocio/particular en España

21 %

21 %

Particular dentro de la UE

El IVA de su país

21 %

Negocio dentro de la UE

0 % 

0 %

Negocio/particular fuera de la UE

0 %

0 %

Te dejo asimilando toda la información que acabas de leer. Y si tienes alguna duda déjala en los comentarios.

También te lanzo una pregunta que me suelen hacer los clientes, si realizo ventas extracomunitarias, ¿va con o sin IVA? Si tienes esa duda, te la contesto en los comentarios.

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1 comment
Jorge says octubre 16, 2018

Hola, Raúl. Muchas gracias por el post, ¡muy completo! Está claro que estos tipos nunca tienen en mente facilitarnos la vida… y además yo voy a complicar un poco más la cosa. ¡Esta es una pregunta de nota!
Vivo en Canarias, así que no aplicamos IVA sino IGIC (y si facturamos menos de 30.000 euros ni siquiera eso). En su momento pregunté en el Gobierno de Canarias y me dijeron que aunque facturara a un particular de la UE, me olvidara del IVA… que eso en Canarias no iba. Me dio la impresión de que no estaban muy bien informados. ¿Tú sabrías qué hay que hacer en estos casos? Sería un poco raro: si hago un servicio o vendo un producto a un canario no tengo que aplicar impuesto, pero si lo hago a un español o a un francés tengo que aplicar el IVA?????

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